Un juez federal modificó la medida cautelar impuesta al exprocurador general de la República, Jesús Murillo Karam, al sustituir la prisión preventiva justificada por resguardo domiciliario, vigilancia mediante un brazalete electrónico y diversas restricciones de movilidad en uno de los procesos derivados del caso Ayotzinapa.
La resolución fue emitida por Edmundo Manuel Perusquia Cabañas, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, quien consideró que el procedimiento penal se ha prolongado por más de dos años debido a causas ajenas al exfuncionario.
Como parte de las nuevas medidas, Murillo Karam deberá permanecer en su domicilio, portar un dispositivo de localización electrónica, no salir de la Ciudad de México, evitar cualquier acercamiento con las víctimas y abstenerse de reunirse con personas distintas a sus familiares. Además, ya no estará bajo vigilancia permanente de la Guardia Nacional y podrá acudir a consultas médicas sin autorización judicial previa.

La defensa del exprocurador solicitó la revisión de la medida cautelar con base en un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la duración de la prisión preventiva, además de argumentar que su estado de salud requiere atención médica constante.
No obstante, Murillo Karam continuará bajo prisión domiciliaria, ya que enfrenta otro proceso penal por los delitos de tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos, relacionado con el caso de Felipe Rodríguez Salgado, alias «El Cepillo».
Asimismo, el exfuncionario sigue siendo procesado por su presunta participación en la construcción de la llamada «verdad histórica» sobre la desaparición de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa.
JCSC

