El Senado de la República aprobó por unanimidad, con 96 votos, reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor para prohibir que proveedores y empresas realicen llamadas telefónicas con fines comerciales o publicitarios a personas que no las hayan autorizado.
La modificación a los artículos 18 Bis y 127 establece que tampoco podrán efectuarse llamadas reiteradas y persistentes por medios no autorizados cuando tengan fines comerciales o publicitarios.
Las empresas que incumplan podrían recibir multas de 56 mil 570 pesos hasta 2 millones 345 mil 728.71 pesos, de acuerdo con el dictamen aprobado.
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La reforma también plantea reforzar el respeto a la voluntad de quienes expresamente hayan solicitado no recibir publicidad o estén inscritos en los registros correspondientes para evitar el uso de sus datos con fines mercadotécnicos.
El dictamen señala que las sanciones buscan generar un mayor efecto disuasorio frente a las llamadas comerciales no autorizadas y fortalecer la protección de la privacidad de los consumidores.
La minuta fue enviada a la Cámara de Diputados, donde deberá continuar su proceso legislativo antes de que, en su caso, las modificaciones entren en vigor.
(WCLS)
