La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por mayoría de votos, que no se acreditó la violación a los derechos político-electorales ni violencia política en razón de género en contra de una magistrada del Tribunal Electoral de Tabasco (TET), señalamientos que habían sido atribuidos al magistrado presidente de ese órgano.
La magistrada local presentó una denuncia al señalar presuntos actos y omisiones del presidente del tribunal, a quien acusó de obstaculizar de manera sistemática el desempeño de sus funciones jurisdiccionales. Según su argumento, existía un trato diferenciado entre magistraturas que generaba un ambiente de hostilidad institucional.
Entre las conductas señaladas, la funcionaria mencionó la supuesta alteración de actas del pleno, la falta de comunicación directa con la presidencia del tribunal, así como la imposición de canales de comunicación restrictivos. También denunció retrasos en las convocatorias a sesiones, la circulación tardía de proyectos y otras acciones que, afirmó, buscaban excluirla del ejercicio de sus responsabilidades.
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No obstante, al analizar el caso, la Sala Superior —a propuesta del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón— determinó que algunas de las conductas fueron denunciadas fuera de tiempo y que las restantes no constituyen una limitación al ejercicio del cargo.
El órgano jurisdiccional concluyó que los hechos descritos corresponden a diferencias administrativas y operativas dentro del tribunal, las cuales no configuran una violación a los derechos político-electorales ni un acto de violencia política de género.
Como parte de la resolución, la Sala Superior dejó sin efectos las medidas cautelares que se habían dictado previamente y declaró inexistente la afectación al ejercicio del cargo de la magistrada, al considerar que los reclamos derivan de conflictos internos que no generaron un impacto diferenciado respecto de las demás magistraturas del TET.
La decisión corresponde al expediente SUP-JDC-2517/2025.
(WCLS)

